Laguna de Rocha

viernes, 16 de diciembre de 2011

Nueva temporada de soja, fumigación y contaminación en Laguna de Rocha

Por tercer año consecutivo la soja llegó a la Reserva Histórica, nuevamente en terrenos de la empresa Creaurban. Esta vez el cultivo se extendió mas allá de los límites en que habitualmente lo hacia, llegando inclusive a fumigar las paredes de casas linderas. A principios de diciembre de 2011 los vecinos del barrio Mirasoles se alertaron al corroborar el inicio de tareas preparatorias para la siembra, y fotografiaron las máquinas fumigadoras en acción y los recipientes (bidones) que se utilizaron durante esas labores. Como se aprecia en los videos adjuntos la fumigación se realizó a escasos metros de las paredes medianeras. En vista de estos hechos, el Colectivo Ecológico presentó el día jueves 15 una denuncia en la UFIMA (Unidad Fiscal de Investigación en Materia Ambiental) por considerar que se esta constituyendo una flagrante violación a las leyes y ordenanzas que garantizan el derecho a un ambiente digno y la salud humana, infringiendo incluso el Artículo 41 de la Constitución Nacional. Ahora el fiscal titular comenzará una serie de indagaciones para corroborar el delito que se está cometiendo.




La inacción de las autoridades competentes en años anteriores ha permitido que se reincida en esta práctica, es por eso que se tomó la determinación de ir a la justicia. La utilización de agroquímicos afecta alrededor de 4.500 personas directamente (del Barrio Malvinas y Mirasoles) y a casi la mitad de la población de Esteban Echeverría que consume agua que proviene de las napas. Al fumigar en tierras próximas a la laguna, por la pendiente natural del terreno los agroquímicos utilizados llegan al Humedal donde se acumulan. Estos herbicidas matan la flora macrófita (acuática) que no cumple su función natural de depuración y las sustancias químicas pasan entonces al acuífero de donde se sacará el agua de pozo que consumen los vecinos del distrito. Esto constituye un delito federal enmarcado dentro del Artículo 200 del Código Penal.

¿Qué otras leyes se quebrantan?

La Ordenanza Nº7590/CD/09 establece “Prohíbase la aplicación de agroquímicos para el control biológico de pastizales u otras especies vegetales en el territorio del partido de Esteban Echeverría ya sea en predios de dominio público o privado perteneciente al Estado Nacional, Provincial, Municipal y/o en predios de dominio privado de uso o acceso público.-“ con lo cual es irrelevante si se utilizó o no glifosato, el delito se constituye al utilizar un desmalezador de origen químico con lo cual el municipio ya está facultado para intervenir.

También la ley 10.699 de la Provincia de buenos Aires establece con respecto a la aplicación de agroquímicos: Los equipos de aplicación terrestre no podrá circular por centros poblados.- En casos de extrema necesidad, podrán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores.-“






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